21 de mayo de 2009

Playas de estacionamiento deberán tener servicio de vigilancia



Uno de los lugares más seguros para dejar su vehículo es una playa de estacionamiento, a decir de la misma Policía Nacional, sin embargo, en muchas de ellas, por no decir en todas, los usuarios nos vemos vemos atados de manos para poder reclamar en caso de que exista un robo en el vehículo pues INDECOPI no puede sancionarlos al no contravenir una norma expresa.

Actualmente, la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República ha emitido un dictamen aprobado en mayoría por el cual se quiere hacer responsable a las playas de estacionamiento vehicular, lo que dice el resumen del dictamen es lo siguiente: "Propone disponer que todo proveedor que brinde el servicio privado de estacionamiento vehicular y cochera, se encuentra obligado a velar por la seguridad de los vehículos bajo su custodia, en caso de robo o hurto, el proveedor del servicio será responsable por el daño causado."

Según La Dirección de Investigación de Robos de Vehículos (Dirove)  en Lima y Callao se roban 15 vehículos al día y a 85 les roban accesorios. Con estas estadísticas, lo mejor es dejar nuestro vehículo en un lugar seguro y con seguro no decimos bajo techo sino en un lugar que tenga SEGURIDAD.

Ahora, según el Proyecto de Ley número 1612-2007CR sólo dispone la reglamentación para el "proveedor que brinde servicio privado" es decir para los que se encarguen exclusivamente de ese servicio pero no quedaría clara la norma en el sentido de que pasaría con los proveedores que ofrecen adicionalmente a su servicio el de estacionamiento, ya que en muchos establecimientos se ofrece adicionalmente, llamese grandes tiendas por departamento, lugares de comida rapida y otros.


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12 de mayo de 2009

Problemas para retirar el 100% de la CTS de los Bancos



A pesar de que actualmente existe la norma para disponer del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) algunos bancos no están cumpliendo con la norma y por el contrario estan impidiendo que algunos trabajadores retiren dicho monto.

Esto no sólo ha ocurrido en provincias sino tambien el Lima donde ya se han presentado varias denuncias y quejas por parte de los perjudicados.

INDECOPI ya ha advertido que esta norma no necesita reglamentación (pues era la excusa de algunos bancos para pagar el monto autorizado) por lo que deberia pagarse inmediatamente al requerimiento del propietario de dicho monto, al ser esta un autorizacion que ha brindado el gobierno peruano para contar con dicho fondo.

Esto ha vendio ocurriendo a pesar de que la Asociacion de Bancos (ASBANC) ha señalado que no continuará (ya que acepta que los primeros dias de la Ley hubo algunos problemas).

ProConsumidor recuerda que en la actualidad muchos bancos han sido multados por faltas menores en temas de protección al consumidor y que cualquier queja de algun consumidor puede comunicarse directamente al Servicio de Atención al Consumidor (S.A.C.) del INDECOPI a los telefonos: 2247800 ó al 2247777. Pueden tambien escribirnos sus dificultades con este tema en nuestra Zona de Reclamos o escribirnos directamente a nuestro correo electronico contacto@proconsumidorperu.org


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6 de mayo de 2009

Indecopi sanciona a Universitario de Deportes con 150 UITs por la "Noche Crema"



El Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la propiedad intelectual (INDECOPI) multó al club Universitario de Deportes con 150 unidades impositivas tributarias, equivalentes a 532 mil 500 nuevos soles por no brindar el partido anunciado contra el club Independiente de Santa Fe y por no implementar las medidas adecuadas para devolver el valor de las entradas a los agraviados.

Como ya mencionamos en un anterior post, INDECOPI inició un procedimiento de oficio a la "U" por considerar que dicho club debió tomar las medidas necesarias para evitar que dicho encuentro se cancele por ejemplo, por la perdida de energía eléctrica. La "U" no pudo demostrar ello y fue sancionada según anuncia la pagina de INDECOPI.

En la resolución de INDECOPI también se menciona que el club denunciado no cumplió con cambiar las entradas que habia promocionado para el partido con el Club Deportivo Saprisa, debido a que estas entradas estaban rotas o en mal estado.

De acuerdo a la información proporcionada por la empresa encargada de la distribución de las entradas para el espectáculo, se vendieron un total de 35 955 boletos, recaudándose un total de S/. 632 480, monto del cual sólo se devolvió a los consumidores S/. 73 880.

Por estas razones se determinó que el club infringió el deber de idoneidad contenido en la Ley de Protección al Consumidor, por lo que se ordenó como media correctiva devolver el dinero a aquellos consumidores que contaban con sus respectivas entradas, para lo cual sólo sería necesaria la presentación de las mismas y publicar en los medios de comunicación el procedimiento que deberán seguir los aficionados para acceder a dicha devolución. 

Actualmente el Club Universitario de Deportes se encuentra en la posibilidad de apelar dicho fallo ante la Sala de Defensa de la Competencia N° 2 que ve las apelaciones de la Comisión de Protección al Consumidor.


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4 de mayo de 2009

Multan financieras y bancos en Cajamarca

Cinco instituciones bancarias y financieras han sido multadas por Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI - Cajamarca) por impedir a los consumidores ejercer su derecho a la cancelación anticipada de su crédito y; por incumplir las condiciones de su contrato con respecto al uso de la tarjeta de crédito. 

En total las multas ascienden a 639 mil Nuevos Soles, el equivalente a 180 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

INDECOPI sancionó a Banco Azteca con la multa de 130 UIT, por no brindar un servicio idóneo, al no cumplir con implementar el sistema establecido en su contrato para el uso de la Tarjeta de Débito “Guardadito”, puesto que, al utilizar la tarjeta no se exigía el uso de la clave secreta para autorizar la transacción y; con 30 UIT por no haber brindado información relevante para el trámite del expediente a la Comisión, informó Bismarck Hoyos Vásquez, jefe encargado de la oficina regional de INDECOPI.

A otras 4 entidades bancarias y financieras locales se las multó por impedir a los consumidores ejercer su derecho a la cancelación anticipada de su crédito.

Las sanciones se impusieron porque la Comisión consideró que se acreditaron casos en los cuales no se atendían adecuadamente las solicitudes de pago anticipado de sus clientes; por ejemplo, les indicaban que el pago anticipado procedía con la autorización del gerente o el analista, entre otros casos.

Asimismo, con la finalidad de corregir la conducta infractora, la Comisión les ordenó como medida correctiva que cumplan con realizar las gestiones necesarias para que su personal no limite a los consumidores a ejercer su derecho a la cancelación anticipada de sus préstamos, señaló.

La Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Cajamarca, luego de evaluar los casos, resolvió sancionar a estas empresas infractoras con la finalidad de corregir las fallas del mercado e impedir que sigan atentando contra los derechos de los consumidores.

Las 5 entidades bancarias y financieras se encuentran dentro del plazo de apelación correspondiente, por lo que pueden presentar un recurso impugnativo contra la decisión de la Comisión ante la Segunda Instancia Administrativa del INDECOPI, puntualizó Hoyos.


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